Agencia peruana de noticias
Miércoles 15 de agosto de 2007

Osinergmin declara infundada apelación de Pluspetrol
y confirma multas por S/. 1.65 millones
También confirma multa para TGP por S/. 29,325

Lima, ago. 15 (ANDINA).- El Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería (Osinergmin) declaró hoy infundados los recursos de apelación presentados por Pluspetrol Perú y confirmó las tres multas por 480.64 Unidades Impositivas Tributarias (UIT), equivalentes a 1.65 millones de nuevos soles, que le impuso por infringir la normativa ambiental.
Osinergmin sancionó a la empresa el pasado 24 de abril con una multa de 38.62 UIT (133,239 soles) por incumplimiento de uno de los compromisos asumidos en el Estudio de Impacto Ambiental (EIA) de la planta de fraccionamiento de líquidos de gas natural, ubicada en la playa Lobería, distrito de Paracas en Ica.

En esa misma fecha le impuso una segunda multa por 411.08 UIT (1.41 millones de soles) por incumplimiento del EIA de la planta criogénica de Malvinas ubicada en el yacimiento de gas de Camisea (Lote 88), al no haber implementado el Programa de Monitoreo Ambiental de la Biodiversidad al inicio de la construcción de dicha planta.
Pluspetrol apeló las dos resoluciones el 22 de mayo, sin embargo, de acuerdo a la evaluación del regulador dichas solicitudes fueron presentadas fuera de plazo, por lo que se declararon improcedentes.
Una tercera multa fue impuesta el 13 de febrero de este año por 30.94 UIT (106,743 soles) por construir un puente en el cruce del río Camisea sin contar con el EIA ni el Plan de Manejo Ambiental específico, así como por las distancias máximas para el derecho de vía previstas en el EIA y en el Reglamento para la Protección Ambiental de las Actividades de Hidrocarburos.
La empresa apeló el 2 de abril último dicha resolución, sin embargo, el Osinergmin la declaró infundada al resolver que el titular no sometió la obra al trámite de aprobación de EIA porque conocía perfectamente los efectos ambientales negativos del mismo y, en consecuencia, era renuente a someterlo a fiscalización administrativa.
También el regulador declaró infundado el recurso de apelación presentado por Transportadora de Gas del Perú (TGP) y confirmó la multa de 8.5 UIT (29,325 soles), apli0063ada el 24 de enero último, por incumplimiento de los compromisos del EIA.

Fuente:http://www.andina.com.pe/NoticiaDetalle.aspx?id=137684